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Noticias 2017


SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA DESEMPLEADA EN VIRTUD DE LA ORDEN HAC/16/2017

SELECCION TRABAJADOR SOCIAL, acta 2ª

SELECCION EDUCADOR SOCIAL, acta 2ª

SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA DESEMPLEADA EN VIRTUD DE LA ORDEN HAC/16/2017

SELECCION TRABAJADOR SOCIAL

SELECCION INTEGRADOR SOCIAL, acta 1ª

SELECCION Educador Social, acta 2ª

SELECCION Educador Social, acta 3ª

BASES DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA DESEMPLEADA EN VIRTUD DE LA ORDEN HAC/16/2017

1) OBJETO

Es objeto de las presentes bases la selección para la contratación con carácter temporal ( 6 meses) de los trabajadores para diferentes proyectos impulsados por esta Mancomunidad en el ámbito de la Orden HAC/16/2017, de 10 de abril, por la que se aprueba la convocatoria para 2017 de subvenciones del Programa de colaboración del Servicio Cántabro de Empleo con las corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la inserción laboral de personas desempleadas en la realización de obras y servicios de interés general y social.

Los anuncios y convocatorias necesarios en este proceso de selección serán los publicados en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad, C/ Marqués de Velasco, 8 bajo ; así como en la página web de la Mancomunidad, careciendo de validez jurídica los anuncios que se realicen en lugares distintos.

2) REQUISITOS

Serán requisitos generales obligatorios para presentarse a la presente convocatoria:

a) Tener 16 años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria. b) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea o de un estado al que, en virtud del Tratado Internacional celebrado por la circulación de trabajadores, en los términos que esto se halla definido en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, o ser cónyuge o descendiente de aquellos, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007. c) Poseer la capacidad funcional para el correcto y adecuado desempeño de las tareas de la plaza a la que optan. d) Estar inscrito como desempleado, en cualquier modalidad, en las oficinas de empleo correspondientes de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el momento del sondeo y el día anterior a la contratación.

En el caso de los proyectos correspondientes a unidades de concesión C, las personas que sean contratadas deberán tener anotado en su demanda el colectivo especial 41 o el colectivo especial 43 el día anterior a la contratación. En el momento del sondeo deberán tener la demanda en situación administrativa de alta, tener menos de 30 años y en situación laboral de desempleado.

3) FUNCIONES Y PRUEBAS PARA CADA CATEGORÍA LABORAL

Las categorías establecidas para la contratación son las siguientes:

INTEGRADORES SOCIALES.

FUNCIONES:

Realizará las tareas propias como integrador social dentro del equipo de servicios sociales de atención primaria. Apoyo al resto de profesionales en tema de intervención comunitaria y familiar, en el Programa “ INTERVENCIÓN SOCIOEDUCATIVA CON MENORES EN RIESGO SOCIAL”.

PRUEBA PRÁCTICA:

Versará sobre preguntas relacionadas con los Servicios Sociales y con el proyecto a desarrollar en función del perfil profesional. Con cinco preguntas y cada pregunta valdrá un punto.

FORMACIÓN:

Por la realización de cursos relacionados con el cometido del puesto al que se opta:

Otro ciclo de Grado Superior. 2 puntos.

Cursos de más de 150 horas. 1 punto.

Cursos de 100 a 150 horas. 0,5 puntos.

Cursos de 20 a 99 horas. 0,25 puntos.

EDUCADORES SOCIALES Y TRABAJADORES SOCIALES.

FUNCIONES:

- Realizará funciones propias para el desarrollo del Programa “ INTERVENCIÓN CON ENFERMOS MENTALES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL”, interviniendo directamente con las familias.

PRUEBA PRÁCTICA:

Versará sobre preguntas relacionadas con los Servicios Sociales y con el proyecto a desarrollar en función del perfil profesional. Con cinco preguntas y cada pregunta valdrá un punto.

FORMACIÓN:

- Por la realización de cursos relacionados con el cometido del puesto al que se opta: Otro Grado ó Diplomatura. 1 punto.

Master. 2 puntos.

Cursos de más de 100 horas. 0,5 puntos.

Cursos de 20 a 99 horas. 0,25 puntos.

4) DESEMPATE

En caso de empate una vez terminado el proceso, las personas candidatas se seleccionarán por el orden siguiente:

Las mujeres víctimas de violencia de género.

Las personas con discapacidad, siempre y cuando se verifique previamente la adecuación e idoneidad de su perfil profesional y personal al puesto de trabajo a desempeñar.

Las personas de mayor edad.

Solo en caso de persistir el empate podrá ser utilizado el sondeo como método para la selección. En este caso, quedará seleccionada la persona cuyo primer apellido comience por la letra objeto del sorteo a que se refiere el artículo 17 del real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la siguiente letra del alfabeto, y así sucesivamente.

5) PROCESO DE LA SELECCIÓN.

El procedimiento de selección respetará lo estipulado en la Orden HAC/16/2017, de 10 de abril.

Se solicitará a la oficina de empleo de Colindres oferta genérica de empleo con los puestos de trabajo ajustados al contenido de los proyectos de obra o servicios determinados. De esta manera se respeta el derecho a la igualdad de oportunidades.

Una vez recibido el listado con los candidatos seleccionados por la oficina de empelo de Colindres, siguiendo lo dispuesto en el artículo 13 punto 2 de la Orden HAC/16/2017, de 10 de abril, sobre los colectivos prioritarios para la cobertura de las ofertas de empleo, se procederá al proceso selectivo que se regula en estas Bases.

El proceso contará de una prueba práctica. El tribunal podrá ser auxiliado por el personal técnico y de apoyo que determinen.

Las calificaciones obtenidas por cada candidato darán lugar a una lista definitiva del proceso selectivo, que hará pública el tribunal de selección, quedando seleccionada para cada puesto la persona que haya obtenido mayor puntuación.

El resto de aspirantes que no obtengan plaza conformará una lista de reserva a efectos de posibles sustituciones, siendo ordenador por puntuación.

Las personas seleccionadas serán contratadas por la Mancomunidad mediante la modalidad contractual de obras y servicios de interés general.

6) CONDICIONES GENERALES

La jornada de trabajo será igual a la jornada realizada por la plantilla de trabajadores de la Mancomunidad. En función de las necesidades del servicio se podrán establecer turnos de trabajo repartidos en otro horario dependiendo de las necesidades del servicio, así como turnos de trabajo que garanticen la calidad y efectividad del servicio público prestado, todo ello sin perjuicio de que se observará en todo momento lo que establezca la legislación laboral vigente. En lo referente a las condiciones laborales y retributivas el personal contratado estará adscrito a lo establecido en la propia ORDEN HAC/16/2017, de 10 de abril. De esta manera se respeta la igualdad de condiciones con respecto al personal de la Mancomunidad.

7) TRIBUNAL

La selección de los trabajadores se realizará por un tribunal compuesto por 3 miembros con voz y voto:

Presidenta: América Izquierdo Martinez.

Secretaria con voz y voto: Natalia

Vocal: Mª Sandra Setién Negrete.

La sede del tribunal de selección será la de la Mancomunidad de Servicios Siete Villas, C/ Marqués de Velasco, 8 bajo, Noja.

A dicho tribunal de selección, le corresponde la aplicación de las normas reguladoras, aprobar las convocatorias de las plazas de personal determinadas en estas bases, resolver cuantas cuestiones o dudas se planteen durante la selección del personal, puntuar a los candidatos, seleccionar y comunicar a los interesados el resultado del proceso, y tomar los acuerdos necesarios para su buen orden y desarrollo. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar si la asistencia de más de la mitad de sus miembros.

8) SELECCIONADOS Y RESERVAS

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal correspondiente hará pública en el Tablón de Anuncios y en la página web de la Mancomunidad la relación ordenada de valoración de mayor a menor puntuación.

Dado que cada periodo de contratación está claramente diferenciado, y dado que un mismo trabajador no puede optar a ser contratado en ambos turnos, los candidatos que queden en las primeras posiciones de cada categoría, podrán elegir el periodo de contratación primero o segundo, según convenga, siendo necesaria su aprobación final por la Alcaldía.

Los candidatos finalmente seleccionados serán avisados telefónicamente desde la Mancomunidad. Estos deberán aportar la documentación necesaria para proceder a la redacción de la propuesta de contratación y a su posterior alta en Seguridad Social.

En base al punto 8 del artículo 14 de la Orden HAC/16/2017, de 10 de abril, el resto de aspirantes pasarán a integrar una lista de reservas por el orden de la puntuación obtenida, que será utilizada para los casos en que proceda realizar contratos temporales para sustituciones del personal contratado en estos programas, siempre que así se acuerde por la Presidencia de la Corporación.

9) LEY REGULADORA DEL PROCESO SELECTIVO

El sólo hecho de presentarse al proceso selectivo una vez seleccionado por la oficina de empleo de Colindres constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases reguladoras del mismo, que tiene consideración de Ley Reguladora de esta Convocatoria, así como una manifestación del total acuerdo con las mismas.

EL PRESIDENTE

Fdo. D. Juan José Barruetabeña Manso.

MUJERES Y CINE

 

CONVOCADA UNA PLAZA DE EDUCADOR/A SOCIAL

 

CONVOCADO EL PLAZO PARA PEDIR AYUDAR AL ALQUILER

 

La Mancomunidad Social Siete Villas, que preside Juan José Barruetabeña, informa que se encuentra abierto el plazo para solicitar ayudas al alquiler entre las familias con escasos recursos de los municipios de Argoños, Noja, Escalante, Bareyo, Meruelo y Arnuero.

Los interesados pueden pedir la cita previa en el teléfono 012 o en la web www.viviendacantabria.es.

A partir del día 16 de enero y hasta el 17 de febrero recibirán atención al público en la Biblioteca Central de Cantabria, en Santander y podrán presentar la petición, entre estas fechas, en el Gobierno de Cantabria y en la Delegación del Gobierno de Cantabria.

Termalismo

La Mancomunidad Social Siete Villas pondrán en marcha de nuevo el programa de termalismo social en los turnos de febrero al mes de agosto y desde septiembre a diciembre.

En el primer turno el plazo para presentar la petición ya ha concluido, mientras que para el segundo finalizará el día 12 de mayo.

Las personas que deseen recibir más información deberán pasar por el departamento de Servicios Sociales de cada Ayuntamiento.

CONVOCATORIA DE SOLICITUDES DE AYUDAS DE ALQUILER PARA 2017

Se ha abierto el plazo para la solicitudes de Ayudas de Alquiler del Gobierno de Cantabria.

IMPORTANTE: Se ha de llamar por teléfono al 012 y solicitar cita. No se atenderá sin cita previa.

Fecha para pedir cita: a partir del día 2 de enero

Fecha de citas: del 16 de enero al 17 de febrero

Lugar: Calle Ruiz de Alda, nº 19 – En la Biblioteca Central de Cantabria - Santander

También se pueden entregar las solicitudes a partir del 16 de enero y hasta el 17 de febrero, en cualquier registro del Gobierno de Cantabria y en la Delegación del Gobierno de Cantabria.